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Política de préstamo interbibliotecario

APLICABILIDAD:

Esta política se aplica a todos los usuarios de la biblioteca que soliciten servicios de préstamos interbibliotecarios.

OBJETIVO:

La Política de Préstamo Interbibliotecario establece los requisitos de elegibilidad y las pautas para el préstamo interbibliotecario. El préstamo interbibliotecario (ILL) es el proceso para solicitar materiales que no están disponibles a través de la Biblioteca del Condado de Durham, pero que se pueden pedir prestados de otras bibliotecas. Esta política explica cómo la Biblioteca del Condado de Durham realiza los préstamos interbibliotecarios.

POLÍTICA:

La Biblioteca del Condado de Durham cumple con el Código de préstamo interbibliotecario establecido por la división de RUSA (Servicios de Referencia y Usuarios) de la ALA (Asociación de Bibliotecas de los Estados Unidos), que está disponible aquí:
Código de Préstamo Interbibliotecario para los Estados Unidos.

RECIBIR EN PRÉSTAMO

Para usar el servicio de préstamo interbibliotecario (ILL, por sus siglas en inglés), el usuario debe tener una tarjeta de biblioteca con todos los privilegios del condado de Durham, una tarjeta con todos los privilegios para usuarios fuera del condado o una tarjeta de personal con no más de $25 en cargos pendientes.

El sistema de préstamo de la biblioteca establece el período de préstamo y la opción de renovación.

Los usuarios pueden solicitar libros u otros materiales que el condado de Durham no tenga .

Los libros que están designados como “solo para uso en la biblioteca” no se pueden solicitar como préstamo interbibliotecario. Sin embargo, los usuarios pueden pedir una excepción debido a una discapacidad.

Los usuarios no pueden solicitar el préstamo interbibliotecario de artículos que estén en pedido.
No se podrán pedir libros con menos de 1 año o más de 100 años de antigüedad.

Los usuarios pueden pedir artículos, revistas y periódicos individuales que el condado de Durham no tiene. El costo de impresión es el mismo que está establecido en la Política de circulación y tarifas de la biblioteca.

Un usuario puede tomar prestados hasta 5 artículos a la vez en cualquier etapa del proceso de ILL, uno de los cuales puede ser un material audiovisual (como un DVD, un audiolibro o un CD). Por ejemplo, un usuario podría tener 2 artículos de ILL prestados, 2 solicitudes revisadas y 1 en envío.

Un usuario puede pedir un rollo de microfilm, que se considerará el primer artículo audiovisual prestado, pero debe usarse en la colección de Carolina del Norte en el tercer piso de la Biblioteca Principal.

Aunque la Biblioteca del Condado de Durham no cobra multas por retrasos o por no recoger artículos, la biblioteca que presta los artículos puede cobrar multas o cargos por reemplazo por artículos perdidos. El usuario es responsable por estos cargos.

Las renovaciones deben realizarse 5 días antes de la fecha de vencimiento establecida por la biblioteca que hace el préstamo.

DAR EN PRÉSTAMO

La Biblioteca del Condado de Durham presta artículos que tienen más de 1 año, pero menos de 50 años de antigüedad a otros sistemas de bibliotecas.

Los artículos se prestan por un período de 4 semanas.

Se pueden renovar hasta dos veces, cada vez por hasta 3 semanas adicionales.

Las siguientes colecciones no se prestan: Materiales de la Colección de Carolina del Norte, artículos de la Colección de Selena Warren Wheeler y materiales para uso exclusivo dentro de la biblioteca.

Tampoco se prestan los siguientes tipos de materiales:

  • Libro audio electrónico
  • Archivo/material mixto
  • Archivo informático
  • Serie electrónica
  • Texto electrónico
  • Documento gubernamental
  • Recurso integrado
  • Recurso en Internet
  • Kit
  • Manuscrito
  • Mapa
  • Microdocumentos
  • Partitura
  • Periódico
  • Serie
  • Grabación sonora – casete
  • Grabación sonora – LP
  • Material visual – VHS

La biblioteca presta libros, libros en letra grande, audiolibros, DVDs y CDs.

La biblioteca puede realizar copias de acuerdo con la política de derechos de autor de materiales de nuestra colección circulante, así como de los siguientes:

  • Archivo/material mixto
  • Documento gubernamental
  • Manuscrito
  • Microforma
  • Periódico
  • Serie: encuadernado

Las copias electrónicas son gratuitas, pero las fotocopias impresas tienen un costo establecido en la Política de Circulación y de Tarifas de la Biblioteca.

La Biblioteca del Condado de Durham no presta ni toma prestados artículos físicos a nivel internacional.

AVISO DE DERECHOS DE AUTOR

La biblioteca cumple con la ley de derechos de autor de acuerdo con el Título 17 USC § 108, que está disponible aquí: Título 17 USC § 108. En la página de solicitudes de préstamo interbibliotecario. Nuestro aviso de derechos de autor se muestra de forma destacada en la página de solicitud de préstamo interbibliotecario. Establece la responsabilidad del usuario por la violación a los derechos de autor y el derecho de la biblioteca a rechazar una solicitud de copia si, a su juicio, ello violaría las leyes sobre derechos de autor:

La ley de derechos de autor de los Estados Unidos (Título 17 del Código de los Estados Unidos) La ley de derechos de autor de los Estados Unidos (Título 17, Código de los Estados Unidos) rige la realización de fotocopias u otras reproducciones de materiales protegidos por derechos de autor.

En determinadas condiciones especificadas en la ley, las bibliotecas y los archivos están autorizados a proporcionar una fotocopia u otra reproducción. Una de estas condiciones específicas es que la fotocopia o reproducción no se use “para ningún otro propósito que no sea el estudio privado, la erudición o la investigación”. Si un usuario pide o usa posteriormente una fotocopia o reproducción con fines que excedan el «uso justo», dicho usuario puede ser responsable de una violación de derechos de autor.

LIBERTAD INTELECTUAL

Reconociendo que la nuestra es una sociedad libre, la Biblioteca del Condado de Durham se suscribe a la Declaración de Derechos de las Bibliotecas establecida por la Asociación Bibliotecas de los Estados Unidos (ALA, por sus siglas en inglés). Además, la biblioteca respalda la Declaración de Libertad de Lectura y la Declaración de Libertad Visual, también desarrollada por la ALA y ambas adoptadas por el Consejo Directivo de la biblioteca el 28 de enero de 1985.

RESPONSABILIDAD

Es responsabilidad del encargado de Recursos y Finanzas (Resources and Finance), con el asesoramiento del coordinador de ILL, del personal del ILL y del Consejo Directivo, interpretar, supervisar y recomendar actualizaciones a la política. El director de la biblioteca es la autoridad máxima en la implementación de la Política de Préstamo Interbibliotecario.

APÉNDICES

  1. Declaración de Derechos de las Bibliotecas de la Asociación de Bibliotecas de los Estados Unidos
  2. Declaración de Libertad de Lectura de la Asociación de Bibliotecas de los Estados Unidos
  3. Declaración de Libertad Visual de la Asociación de Bibliotecas de los Estados Unidos
  4. Código de préstamo interbibliotecario para los Estados Unidos de los Servicios de Referencia y Usuarios (RUSA, por sus siglas en inglés)
  5. Título 17 Código de los Estados Unidos § 108

Fecha de inicio: 1 de julio de 2024

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